Historia
La Guardia Civil es el primer cuerpo de seguridad pública de ámbito estatal surgido en España. Su creación se produjo a poco de comenzar el reinado de Isabel II y fue impulsada por el gobierno moderado de González Bravo con el consenso de las demás fuerzas políticas, que vieron la necesidad que tenía el Estado liberal español de disponer de una fuerza de seguridad pública para abarcar todo el territorio peninsular y para hacer frente a la alarmante situación de inseguridad generada por el bandolerismo que desde la Guerra de la Independencia azotaba los caminos y campos del país.
Aquélla tuvo lugar a través de los decretos de 28 de marzo y de 13 de mayo de 1844, que configuraron un Cuerpo de seguridad pública de naturaleza militar, dependiente del Ministerio de la Gobernación en lo referente al servicio y del de la Guerra en cuanto a su organización, disciplina, personal, material y percibo de haberes, centralizándose, con una gran autonomía organizativa, en la Dirección General (o Inspección General, según las épocas).
Para organizar la nueva Institución fue designado el Duque de Ahumada, hombre de confianza del general Narvaez, militar de prestigio, corte conservador, profundo conocedor de la realidad española y "heredero" del primer proyecto de seguridad de ámbito nacional concebido en 1824 por su padre, el marqués de las Amarillas. Tomando como ejemplo el modelo implantado en Francia con la Gendarmería y el existente en Cataluña con los Mossos de Escuadra, Ahumada imprimió su sello personal a la nueva fuerza, dotándola de una severa reglamentación y de la famosa Cartilla, documento éste que diseñó la idiosincrasia del guardia civil: fuerte disciplina, capacidad de sacrificio, espíritu benemérito y lealtad, características que le permitieron una gran eficacia en la realización de las funciones que le fueron encomendadas, lo que contribuyó a que los distintos gobiernos depositasen en esta fuerza su simpatía, consolidándola primero, implantándola en las colonias de Ultramar y desde 1874 hasta 1940 otorgándole el monopolio del orden público. Además, su presencia en actividades humanitarias de todo tipo, culto al honor y rigor en el desempeñó de su servicio, le granjearon muy pronto el respeto y admiración del pueblo español, que pasó a denominarla con el sobrenombre de Benemérita (título que se hizo oficial a partir de la OG de 4 de octubre de 1929).
Ahumada diseñó la distribución de sus hombres en doce tercios peninsulares y uno insular (a Canarias no llegaría hasta julio de 1898). La expansión territorial se produjo a través de etapas que abarcaron el ámbito provincial (cubierto en 1846), de partido ( 1851) y municipal (ya en el siglo XX), y partiendo del centro del Estado en grandes líneas que seguían las vías de comunicación. Su unidad básica es el Puesto y de ahí, en orden ascendente, están las Líneas, Compañías, Comandancias (unidad con rango provincial), Tercios y Zonas (éstas a partir de la RO de 20 de mayo de 1926). De modo paralelo a la expansión territorial se produjo un incremento progresivo de los efectivos, que pasaron de los 3250 en 1844 a más de 19000 a finales del siglo y a cerca de 70.000 en la actualidad.
El servicio era realizado bajo la dependencia de las autoridades civiles, salvo en caso de guerra o de grave peligro del orden público, en que lo hacía obedeciendo a las autoridades del Ejército. La doble dependencia de la Guardia Civil fue causa de conflictos de competencia desde el momento mismo de su creación. La reforma de 1 de julio de 1871 reforzó la naturaleza castrense del Cuerpo y consolidó la Comandancia como aliado intermedio entre la Dirección General y el Puesto, en detrimento de los Tercios. Durante la I República se intentó cambiar la dependencia dual por la exclusiva del Ministerio de la Gobernación (Circular de 1 5-lV-1873), pero no sólo no prosperó, sino que con la llegada de la Restauración se produjo un reforzamiento de la Administración militar que llevó a la Guardia Civil a integrarse por vez primera en el Ejército (leyes de 29-XI- 1878,19-VII- 1889), lo que ratificó el general Franco a poco de finalizar la Guerra Civil (Ley de 15-3- 1940).
Este carácter de fuerza armada de facción permanente otorgó a la Guardia Civil una gran autonomía en el ejercicio de sus funciones, pero también dio pie a una interpretación abusiva del concepto del orden público por parte de la clase política instalada en los resortes del poder durante la Restauración, lo que motivaría una notable erosión en el prestigio sólidamente labrado durante el siglo XIX, hasta el punto de que hacia 1931 algunas fuerzas de la izquierda radical solicitaron su disolución. Finalmente ésta no se llevaría a cabo, pero durante la II República la Guardia Civil fue segregada del Ministerio de la Guerra, integrándose en el Ministerio de la Gobernación. Al comenzar la guerra civil, el Cuerpo fue convertido en Guardia Nacional Republicana (Decreto de 30-8-1936). Tras la contienda civil, la Guardia Civil absorbió las funciones del Cuerpo de Carabineros (Ley de 15-3- 1940), a la vez que se fortalecía la influencia del Ejército con la creación del Estado Mayor. Con la llegada de la democracia, el Instituto fue dotado de un nuevo ordenamiento, acorde con la Constitución (Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad de -2-1986).
El Cuerpo fue creado con la misión de proteger a "las personas y propiedades dentro y fuera de las poblaciones" y abarcó siempre todas las funciones relativas a la conservación del orden público. A medida que su eficacia se iba poniendo de manifiesto, se producía una progresiva asunción de competencias: funciones de policía judicial, de policía militar (no hubo campaña en España desde 1844 en que no estuviesen presentes unidades de la Guardia Civil, a veces, como en la Guerra Civil, con un papel destacado), de policía fiscal, de beneficencia pública, de guardería rural (específicamente asumida por Ley de 7 de julio de 1876).
El 13 servicio lo realizaba por el innovador sistema de "parejas", instituido en su famosa Cartilla y que eran las encargadas de recorrer y vigilar la demarcación de su Puesto a partir de un exhaustivo conocimiento del terreno y de sus gentes. También desde un primer momento la Guardia Civil se dedicó a la vigilancia de los caminos, adaptando su actuación a la evolución de los tiempos, tanto que la masiva irrupción del automóvil en las carreteras españolas exigió una respuesta organizativa que se materializó con la creación de la Agrupación de Tráfico en el año 1959, especialidad pionera de muchas otras que hoy tiene este Cuerpo para la protección y ayuda de población y medio ambiente.
A lo largo de su dilatada historia la Guardia Civil ha prestado valiosos servicios en la lucha contra la delincuencia en general y la delincuencia especializada, casi siempre con importantes resultados. Así lo demuestra el hecho de haber acabado con el bandolerismo del siglo XIX, el anarquismo de la mano negra, el anarquismo urbano, el fenómeno del maquis de la postguerra y haber cosechado notables éxitos contra el terrorismo independentista de ETA, organización a la que ha asestado numerosos golpes, como la desarticulación de su cúpula en la localidad francesa de Bidart. Junto a esto, la Guardia Civil presta en la actualidad importantes servicios en misiones de paz en países donde la ONU recaba la presencia española.
Después más de 150 años de existencia, la Guardia Civil constituye uno de los patrimonios más queridos y estrechamente vinculados al pueblo español, que ha visto reflejadas en su trayectoria gran parte de sus señas de identidad. Es, además, una Institución que aspira a servir a su ciudadanos desde la modernidad que demandan los nuevos tiempos, pero a la que se le exige lo haga manteniendo intactas las tradicionales virtudes que han adornado su trabajo cotidiano a lo largo de este último siglo y medio.
Curiosidades
Bigote
Es bien conocido, que desde los tiempos más antiguos, el uniforme militar ha sido estudiado y cuidado hasta en los detalles más insignificantes. Pero por otra parte, el uniforme va unido al individuo, y por tanto formando un todo. De tal forma, que igualmente se ha contemplado el aspecto que pudieran ofrecer las partes visibles de la persona uniformada.
Así, en nuestro Reglamento puede leerse: "no deberá salir nunca de su casa cuartel sin haberse afeitado por lo menos tres veces por semana, o teniendo la barba con la más esmerada policía, el pelo corto, lavada cara y manos, con las uñas bien cortadas y limpias, el vestuario bien aseado y con el calzado perfectamente lustroso. (Artículo 11 de la Cartilla del Guardia Civil. Aprobada por R.O. de 30 de octubre de 1879)."
El pelo que crece en la cara, ha sido objeto por parte de los hombres, salvo rarísimas excepciones en algunas mujeres, de muy diversas formas, longitudes e intenciones estéticas. La Guardia Civil, no quedó al margen de estas consideraciones estéticas íntimamente unidas al aspecto uniforme de sus componentes. Y ya el Duque de Ahumada, dictó en los primeros momentos pautas sobre el particular.
En Circular de 28 de noviembre de 1844, se lee:
"..., que se observe en todo la mayor uniformidad, cuidará VS. escrupulosamente, que tanto los señores Jefes y Oficiales como las clases de tropa que tiene a sus órdenes, usen el bigote en todo el largo del labio, sin permitir ninguna clase de perilla ni patilla y que el pelo se lleve siempre cortado a cepillo..."
Transcurre poco tiempo, cuando se promulga por el Ministerio de la Guerra una Real Orden en fecha 14 de agosto de 1845, para que en el Ejército, la Tropa use bigote, y los Jefes y Oficiales puedan llevar además una perilla y patilla con algunas limitaciones:
"...perilla corta, entendiéndose, bajo este nombre, el vello que nace en el centro del labio inferior, pudiendo los mismos Jefes y Oficiales usar patillas, pero moderadas, rectas y sin unirlas al bigote ni perilla".
Al mes siguiente, en otra Real Orden del Ministerio de la Guerra de fecha 23 de septiembre, "La Reina (q.D.G.) se ha dignado mandar, que en todos los Cuerpos e Institutos del Ejército, queda absolutamente prohibido el uso de las barbas, ..."
El Inspector General de la Guardia Civil, en una Circular de 4 de febrero de 1861, recuerda la vigencia de la Real Orden de 14 de agosto de 1945, como consecuencia de la falta de observancia de la misma:
"... llevándose por los Jefes y Oficiales perillas largas y cortas, y usando éstas hasta los individuos de tropa ..."
Pasan los años y en 1869, una Real Orden de fecha 25 de noviembre, se permite la barba en todo el Ejército. En ella puede leerse:
"S..A., el Regente del reino ha tenido a bien resolver que se permita a los Jefes, Oficiales e individuos de tropa de todas las armas e Institutos del Ejército, el uso de toda barba, sin más limitación exigida por la necesidad de conservar en todos los cuerpos la mas esmerada policía...".
Otra Circular de fecha 11 de noviembre de 1872, dirigida a los Señores Coroneles Subinspectores y primeros jefes de Provincia, recuerda la anterior R. O. De 25 de noviembre de 1869, como consecuencia de la consulta elevada por el primer Jefe de la Provincia de Albacete, sobre:
"... si ha de prohibir el uso de la perilla larga al Teniente D. Daniel Cebrian y Cuenca, que procedente del undécimo Tercio ha sido recientemente destinado al 5º.
La Circular, recuerda la autorización del uso de toda barba, ..."sin otra limitación que la de conservar en los Cuerpos la más esmerada policía a juicio de las Autoridades militares. Teniendo en cuenta esta limitación, en nada afecta a la disciplina la libertad que cada uno debe tener de llevar la barba de una manera u otra, y en este concepto le recuerdo a VS. la precipitada orden, para que no se inquiete a los individuos de este tercio en el uso de llevar sus barbas del modo que mejor le parezca".
Tablilla
La Guardia Civil ha tenido y tiene muchas cosas emblemáticas. Los ciudadanos con más edad, por su persistencia en el paisaje español, recuerdan la pareja envuelta en su capa, con una especie de joroba desplazada hacia abajo, que no era otra cosa que la cartera de camino, elemento indispensable para los servicios realizados a pie, o el sombrero de charol con barboquejo. Igualmente, el Cuartel, la Casa-Cuartel, ha sido y es punto de referencia en las poblaciones.
Releyendo viejos escritos, se han podido encontrar dos Circulares que hacen referencia a un elemento inexcusable en todas las fachadas de nuestras casa-cuartel: la tablilla.
Encontramos en la Circular de 1846, firmada por el Duque de Ahumada, y dirigida a todos los Jefes de Tercio, una especial referencia a este elemento de las fachadas:
"Para que a medida que la Organización de la Guardia Civil toca a su término, los pueblos vayan experimentando todos los beneficios que para su seguridad y más pronta administración de justicia deber reportarles, dispondrá VS. Que en todos los Puestos del Tercio de su mando se observen, en lo sucesivo, las reglas siguientes:
1ª. Vigilará VS que, como tengo prevenido, sobre las puertas de todas las casas-cuarteles de ese Tercio, esté puesta la inscripción de: "Casa-Cuartel de la Guardia Civil" en letras grandes y claras, que puedan verse con facilidad.
2ª. En todas las poblaciones en que haya alumbrado, se deberá solicitar de la Autoridad municipal correspondiente, que uno de los faroles de la calle se coloque de manera que se pueda leer bien el letrero, para que cualquiera que necesite del auxilio de la Guardia Civil, pueda hallarlo con la mayo facilidad".
Con el paso del tiempo, todos los puestos fueron colocando las tablillas con la inscripción ordenada, pero la falta de criterio sobre la forma que debía tener dio origen a que el Duque de Ahumada dictase a todos los Jefes de Tercio otra Circular dada en Madrid a 3 de diciembre de 1856, en la que se describe de forma completa como ha de ser la tablilla.
"Circular.- Para que haya uniformidad en las tablillas que han de colocarse en las fachadas de las casas-cuarteles de todos los puestos, dispondrá VS que las que se construyan en ese tercio sean de treinta y dos pulgadas de largo por veinticuatro de ancho, las que tendrán dos anillas de hierro en los barrotes transversales del reverso para colgarse sobre dos alcayatas que se fijarán en la pared. El color por ambos lados será claro y pintado al óleo, y en lado de fuera una inscripción de color negro también al óleo dividida en la siguiente: Casa Cuartel de la Guardia Civil:
Lo que hará VS saber a todos los comandantes de provincia para su más exacto cumplimento.
Dios guarde a VS muchos años. Madrid 3 de diciembre de 1856.- Ahumada".
Servicios del Cuerpo
Bajo este título se publicaban con increíble celeridad, teniendo en cuenta los años que corrían, un resumen de los servicios que se debieron considerar como más relevantes. Es tentador transcribir literalmente muchos de ellos, pero lógicas razones de espacio obligan a reducirlo a uno, habiéndolo elegido entre los publicados en el primer Boletín de la Guardia Civil, respetando, incluso, la ortografía original:
" 4.º Tercio.- Provincia de Valencia- Puesto de Sueca .- Al anochecer del 18 del pasado se presentó el alcalde de dicha villa al cabo 1.º Manuel Peris Royo, reclamándole el auxilio de la fuerza para evitar la fuga intentada por los presos de la cárcel del juzgado: acto continuo se constituyó en ella acompañado de los Guardias Vicente Plasencia y Pedro Casbas Escolano, donde encontró al alcaide encerrado en su habitación, único medio de salvarse la vida, y los llaveros todos escondidos por haber sido amenazados de muerte por los criminales; éstos, que en número de cinco se hallaban provistos de armas, de las que hicieron uso aunque sin causar daños se dedicaron á abrir las puertas á los presos de más consideración; empero afortunadamente en tan crítico momento el cabo Peris les dio la voz de alto á la Guardia civil, que oída por los amotinados fué obedecida y reducidos á estrecha prisión, si bien antes hicieron desaparecer aquéllas. Restablecido el orden dedicó todo su cuidado a hacer un escrupuloso reconocimiento en el edificio para asegurarse si los presos lo estaban convenientemente, averiguar quiénes fueron las personas que les habían facilitado las armas y el paradero de unas y otras: hecho así, le dio el apetecido resultado de apoderarse de tres cuchillos y una pistola, aprehender á dos vecinos de dicha villa que los habían entregado á los reos, y quedar altamente satisfecho de aquélla. El Excmo. Sr. Inspector general del Cuerpo se ha enterado con tanto mas aprecio de este servicio, cuanto que á no dudar si estos foragidos hubieran efectuado la fuga intentada, habrían llenado de luto y consternacion aquella provincia y limítrofes, pues entre ellos los había sentenciados á pena capital. De tan importante servicio S.E. ha dado cuenta á Su Magestad por si en su vista tiene á bien mandar se haga consulta de premios a favor de los individuos que lo prestaron."
Permutas
En esta sección, los miembros del Cuerpo podían expresar su voluntad de cambiar el destino que poseían por el que deseaban:
"Martín Martínez Martín, Guardia de 2.ª Clase de la 7.ª Compañía del 1.º, que presta servicio en el puesto de Martín Muñoz, provincia de Segovia desea permutar con otro de su clase de cualquiera de las compañías de los Tercios 11.º, 12.º ó 13.º.
Los individuos á quienes convengan las anteriores permutas, pueden dirigirse á los interesados para tratar de ellas."
Por cierto, que el Guardia Martín Martínez Martín destinado en el Puesto de Martín Muñoz no es una licencia literaria del autor, sino que está recogido en la página 5280 del B.O.G.C. de 8 de febrero de 1863.
Despachos telegráficos
En este curioso capítulo, publicado en el Boletín Oficial de la Guardia Civil durante determinadas épocas, se incluían las "novedades a nivel mundial"; es decir, que de forma brevísima se narraba la evolución de los conflictos bélicos, diplomáticos, sucesiones al trono de diferentes países, natalicios en las distintas casas reales, ...
Puede llamar especialmente la atención el seguimiento de la Guerra de Secesión americana, de la que se informaba a los guardias civiles como en el ejemplo que a continuación se transcribe y que fue publicado en el Boletín Oficial número 216 de 24 de enero de 1863:
"Londres 15.- ...Un decreto de Lincoln declara libres todos los esclavos de los Estados en Insurrección con el Norte.
Batalla sangrienta cerca de Murfreesboro en Tenesee. Los federales triunfaron en el centro, pero en el ala izquierda tuvieron pérdidas enormes. Hubo regimiento que perdió la mitad de los soldados y todos los oficiales. Los federales tuvieron tres generales heridos y los confederados dos muertos. La acción duró dos días, el 30 y 31. Los periódicos de Richmond anuncian que los federales han sido rechazados con grandes pérdidas el 28 y 29 de diciembre en Wiksburg."
Correspondencia
Bajo este epígrafe se agrupaban las respuestas a una serie de preguntas o dudas planteadas por el personal del Cuerpo.
Curiosamente, no hay constancia de la consulta realizada, sino tan sólo del empleo del que la realiza, sus iniciales y su destino. Es de suponer que si se hubieran publicado también las preguntas, se hubieran evitado respuestas como la que a continuación se transcribe:
"Al Guardia del 8.º, P.B.T., del puesto de Andujar (Jaén). Ya hemos dicho repetidas veces que no."
Todas las respuestas son tan escuetas como: son abonables, puede V. solicitarlo, la permuta no puede tener lugar, ... llegando algunas a ser tan tajantes como: No señor.
Estas consultas se vieron temporalmente interrumpidas durante el mandato como Director General del Teniente General D. Jenaro Quesada y Mateus, al dictar la Orden General del Cuerpo del día 1 de enero de 1864 (publicada el mismo día en Boletín número 261) que, en la parte que interesa, decía:
" ...He acordado también suprimir la Sección denominada Correspondencia" como impropia, y con el fin de evitar en lo sucesivo preguntas que revelan siempre una ignorancia desfavorable al que las produce. En la Cartilla, en los Reglamentos y en las Reales Ordenanzas y Circulares que con tanto cuidado se publican, es donde deben aprender los individuos del Cuerpo cuáles son sus derechos, de la misma manera que han aprendido sus deberes..."
No debieron pensar lo mismo sus sucesores en el cargo, ya que, tras su cese, siguieron publicándose.
Publicidad
Ha habido épocas en que los Boletines Oficiales de la Guardia Civil incluían publicidad entre sus páginas. La verdad es que, salvo determinados anuncios que podríamos denominar como "de interés" para el Cuerpo, lo normal es que estos anuncios estuvieran fuera del cuerpo del Boletín, es decir, como última página o también a modo de cubierta.
Los anuncios eran de lo más variopintos; por ejemplo, en el Boletín número 12 de 1 de diciembre de 1938, en plena Guerra Civil y editado por el denominado Bando Nacional (téngase en cuenta que, en el bando republicano, la Guardia Civil había sido disuelta como tal, convirtiéndose inicialmente en la Guardia Nacional Republicana e integrándose cuatro meses más tarde, en el único Cuerpo de Seguridad de la República) se anunciaban, ofreciendo grandes facilidades de pago, desde "Pistolas marca MAUSER y PARABELLUM fabricadas con acero especial KRUPP...", pasando por sastrerías militares ("Para Uniformes militares, sólo ABUELO, C/ Soberanía Nacional 11 de Ceuta") y llegando a ferreterías, imprentas, agentes comerciales, bodegas...
Sobre este asunto, la Revista Armas (núm. 216, mayo de 2000) publicó un interesantísimo artículo del Comandante del Cuerpo y habitual colaborador de nuestra Revista, Jesús Núñez Calvo, (también puede leerse en la página web del autor www.historiaymilicia.com), y que lleva por título "¡Aquellos viejos anuncios de pistolas!".
Castigos y sentencias
También durante determinadas épocas, el Boletín publicaba las sentencias y castigos impuestos, tanto al personal del Cuerpo como a aquellos que se enfrentaban a las fuerzas de la Guardia Civil.
El primer Boletín, explicaba las razones de esta publicación al decir que "Al publicar la anterior sentencia nos sentimos afectados por el sentimiento que nos causa el estampar en las columnas del primer número del Boletín, el castigo impuesto á un individuo del Cuerpo por la grave falta de disciplina que ha cometido, y nos permitimos, celosos siempre por el buen nombre de la Institución, recordar á nuestros lectores la buena moralidad tan recomendada en el Cuerpo como base principal de su existencia, y que tanto debe distinguir á los individuos que visten con orgullo su uniforme".
Como bien puede suponer el lector, los castigos o penas eran realmente duras; sirva como ejemplo la sentencia recogida en el Boletín número 249, de 1 de octubre de 1863, en el que a dos hombres y una mujer de Antequera que mantuvieron con fuerzas del Cuerpo un tiroteo durante más de media hora, se les condenaba a muerte mediante garrote vil a ellos y a ocho años de galera a la mujer.
En cuanto a los castigos que se imponían al personal del Cuerpo, a continuación se transcribe lo que sobre los mismos se cuenta en una de las primeras versiones de la "Historia de la Guardia Civil", ya que vio la luz en 1858 (escrita por José Isidro Surga y Antonio de Quevedo Donis):
"En la Guardia Civil están prohibidos todos que puedan ofender y rebajar la dignidad de hombre. Por faltas leves, los jefes de Tercio pueden imponer á sus subordinados multas hasta de 100 reales; de esta suma en adelante, puede imponerlas el Inspector General, y el producto de ellas se destinará á socorrer á las familias de los que mueren ó se inutilizan en el servicio, y en efectos para las casas-cuarteles que redunden en beneficio general de los guardias.
También se les castiga con la remoción de puesto ó compañía con nota, para que les sirva de antecedente en su nuevo destino. Con traslación de Tercio, prisión, suspensión ó pérdida de empleo, y por último, destinándolos al regimiento corrección al Fijo de Ceuta, para lo cual está autorizado el Inspector General del Cuerpo por Real orden de 16 de febrero de 1815. (sic).
Si la falta fuese de gravedad, son juzgados y sentenciados por Consejos de guerra con arreglo á Ordenanza."
Un guardia segundo de infantería, en la época fundacional, cobraba 8 reales diarios.
Parece inminente la práctica desaparición del Boletín Oficial de la Guardia Civil tal y como hoy lo conocemos, impreso en papel; muy pronto, las pantallas de los ordenadores sustituirán esas hojas de peculiar color. En este pequeño artículo se ha tratado de recordar algunas de las secciones más curiosas ya desaparecidas pudiendo considerarlas hoy en día como anecdóticas.
Sin embargo merece la pena, insisto, perder unas horas leyendo el resto de disposiciones publicadas en los "Boletines viejos", por su curiosidad, por la actualidad y vigencia de muchas de ellas, aun escritas hace más de 100 años,...; espero haber despertado la curiosidad de muchos, y no sólo de ese Guardia de reciente ingreso, por aprender un poco sobre la Historia de la Guardia Civil.